Se prorrogó hasta el 31/05/ 2021 la prohibición de efectuar despidos sin justa causa y por las causales de falta o disminución de trabajo y fuerza mayor. También se prorrogó hasta la misma fecha la prohibición de efectuar suspensiones por las causales de fuerza mayor o falta o disminución de trabajo.
Ver norma:
https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/243363/20210422
El servicio del organismo previsional fue declarado esencial en el mes de mayo 2020.
Pese a ello, en la actualidad se mantiene la dificultad para conseguir turnos de cualquier especie.
La atención espontánea en las distintas delegaciones no está garantizada.
La implementación de la atención virtual, hasta el momento no logra dar adecuada respuesta a las distintas peticiones.
Se siguen buscando canales institucionales para lograr la mejora del servicio.
Como es de público conocimiento, el fuero de la Seguridad Social, lugar donde tramitan todas las causas contra la ANSES, se encuentra colapsado hace mucho tiempo.
Esa situación se agravó con motivo de la pandemia.
Pese a ello, se adoptaron soluciones vinculadas con la implementación del expediente digital que permitieron sortear la falta de atención presencial.
Resulta necesario que se otorguen los recursos necesarios para que se brinde a los justiciables un adecuado servicio de justicia, para que las respuestas sean en tiempo oportuno.
Se estableció la movilidad de las prestaciones de ANSES para el mes de marzo 2021 en un 8,07%.
Ver norma:
https://www.boletinoficial.gob.ar/pdf/aviso/primera/241292/20210228
También se fijaron los siguientes valores:
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Se dispuso la prórroga del distanciamiento social preventivo y obligatorio hasta el 12/03/2021 inclusive para todas las personas que residan o transiten en los aglomerados urbanos, partidos y departamentos de las provincias argentinas, en tanto cumplan determinados parámetros epidemiológicos y sanitarios.
Se recuerda que durante el DISPO las personas deberán mantener una distancia mínima de 2 metros entre ellas, utilizar tapabocas en espacios compartidos, higienizarse asiduamente las manos, toser en el pliegue del codo, desinfectar las superficies, ventilar los ambientes y dar estricto cumplimiento a los protocolos de actividades y las recomendaciones e instrucciones de las autoridades sanitarias.
El próximo 11/03/2021 se cumplirá un año desde que la Organización Mundial de la Salud (OMS) declaró la pandemia por COVID-19.
Ver norma:
https://www.boletinoficial.gob.ar/pdf/aviso/primera/241290/20210228
A través del decreto 104/2021, el PEN reglamentó el artículo 32 de la Ley 24.241, sustituido por el artículo 1 de la Ley 27.604.
Establece el alcance y contenido de los términos que integran la fórmula de movilidad y determina el valor de la PBU para marzo 2021 en $8707,78.
Para ver el decreto click aquí